El Municipio de Panamá ha aprobado una moratoria mediante el Acuerdo Municipal No. 200 de 20 de agosto de 2024, que incluye exoneraciones sobre recargos, intereses y multas a los contribuyentes que paguen en su totalidad el monto del capital adeudado por impuestos impagos.
La moratoria ofrece una exoneración del 100% de los recargos e intereses a aquellos contribuyentes que paguen el monto total del capital adeudado. Además, contempla una reducción del 50% en las multas por la omisión en la presentación de la Declaración Anual Municipal.
Estos beneficios estarán disponibles desde el 16 de septiembre hasta el 16 de octubre de 2024 y están sujetos a las disposiciones especiales establecidas en el acuerdo.
Requisitos para aplicar a la moratoria del Municipio 3i403
Para acceder a estos beneficios, los contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar las declaraciones omisas hasta la fecha.
- Formalizar el pago dentro del periodo de la moratoria.
Excepciones 43540
La moratoria no aplica a:
- Impuestos de vehículos.
- Obras y construcciones.
- Publicidad.
- Otras multas.
- Deudas por defraudación al fisco municipal, según lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo No. 40 de 2011.
Es importante destacar que las deudas bajo arreglo de pago o en proceso de jurisdicción coactiva también podrán beneficiarse de esta medida.
La normativa entró en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial el 5 de septiembre de 2024.