El Tribunal Electoral (TE) ha revocado la inhabilitación de Dana Castañeda como candidata a diputada por el circuito 2-3, tras rechazar la Resolución No. 30-2024 del Juzgado Segundo istrativo Electoral. Esta decisión anula la solicitud de inhabilitación presentada por Juan Carlos Araúz, respaldado por varios partidos políticos, incluyendo el Partido Revolucionario Democrático y Molirena.
Fundamento de la decisión del Tribunal Electoral k6k5j
El TE fundamentó su decisión en los artículos 33, 615, 670 y 671 del Código Electoral, según el Edicto No. 85-2024-SG, firmado por los magistrados Alfredo Juncá, Eduardo Valdés Escoffery y Luis Guerra. Previamente, la jueza Edmara Jaén había inhabilitado a Castañeda argumentando que no renunció adecuadamente a su cargo de subsecretaria de la Asamblea Nacional, como exige la normativa electoral.
Jaén basó su fallo en el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, que asigna a la Subsecretaría General funciones que van más allá de las sesiones plenarias, incluyendo la gestión de documentación y la istración del archivo. Esta decisión judicial fue impugnada por Castañeda y finalmente revertida por el TE, que destacó la interpretación precisa de las normativas electorales y istrativas vigentes.
La resolución del TE permite a Castañeda continuar su candidatura para representar a los distritos de La Pintada, Natá y Olá en la provincia de Coclé, en las próximas elecciones.