Este 6 de abril se publicó en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo 44 que establece medidas sobre la realización de actividades concurridas específicas; se permitirá que haya fondas y expendio de comida, así como discotecas, eventos con música en vivo, actividades bailables y cantaderas en los siguientes eventos:
El decreto especifica que para asistir a estos lugares, las personas deben presentar el Código QR o la tarjeta de vacunación en donde conste que tienen el esquema de vacunación completo. Además, se señala que es necesario el cumplimiento de las medidas de bioseguridad, como la utilización de mascarillas y el lavado frecuente de manos.
En la normativa se establece que también quedarán permitidos los desfiles de carretas, carros alegóricos, bandas y similares con delegaciones de máximo 50 personas.