Los Patronatos y Consejos Directivos de distintos centros de atención hospitalaria de la ciudad capital han unificado su criterio respecto al veto parcial del proyecto de Ley 550 de 2021, que establece un marco regulatorio a los patronatos de hospitales.
Los de patronatos recomiendan que los artículos queden así:
Artículo 1
Esta Ley tiene por objeto establecer un marco regulatorio general para patronatos, consejos de gestión pública, comisiones, programas y otras entidades similares, creados por el Estado, que contribuyan con la vigencia y apoyo para el cumplimiento de funciones istrativas y sean financiados por el Estado a través del Ministerio de Salud, que sean conformados a partir de la vigencia de la presente Ley. Se reconoce la existencia, conformación y funcionamiento de los patronatos ya existentes conforme a las leyes por las cuales fueron creados.
Artículo 9
En los consejos de gestión pública, comisiones, patronatos, programas y otras entidades similares a los que se les aplique la presente Ley, elegirán periódicamente su junta directiva entre sus con derecho a voz y voto, mediante votación nominal abierta, salvo el cargo de presidente, el cual será siempre ejercido por el ministro de Salud o su representante y mantendrá la representación legal de la entidad.
Artículo 10
Sobre el artículo 10, que hace referencia a la conformación de la Junta Directiva de los patronatos, piden que se agregue lo siguiente:
"Quedan exceptuados de la aplicación de este artículo, los patronatos conformados por leyes especiales en donde el presidente y representante legal del patronato y de la entidad, respectivamente es el Ministro de Salud".
La propuesta fue firmada por los representantes del Hospital Santo Tomás, Instituto Oncológico Nacional, Hospital San Miguel Arcángel, el Instituto Nacional de Medicina Física y Rehabilitación y el Hospital del Niño Dr. José Renán Esquivel.