El Ministerio de Salud (MINSA), mediante la Resolución N°. 146 del 31 de enero de 2025, publicada en la Gaceta Oficial el 13 de febrero, ha establecido la prohibición del uso, venta a menores de edad, publicidad, promoción, patrocinio y propaganda de los cigarrillos electrónicos y productos similares, con o sin nicotina. La normativa entrará en vigor el 31 de julio de 2025, seis meses después de su promulgación.
La prohibición abarca:
- Sistemas electrónicos de istración o no de nicotina
- Cartuchos, recargas y rios
- Productos de tabaco calentado convencionales (PTC Convencionales)
- Productos de Nicotina Oral (PNO)
Regulaciones y sanciones por el MINSA 2b1g6l
Norma Astudillo, coordinadora de la Comisión Nacional de Control de Tabaco del MINSA, destacó la importancia de esta medida para la protección de la salud pública y el medio ambiente. Señaló que los cigarrillos electrónicos generan un aerosol con sustancias nocivas como glicoles, aldehídos, compuestos orgánicos volátiles (COV), metales y partículas tóxicas.
Las sanciones aplicables estarán basadas en el Código Sanitario de 1947 y la Ley 40 de 2006, lo que permitirá al MINSA imponer multas, infracciones y cierres temporales a quienes incumplan la normativa.
Restricciones de consumo y venta 2d6156
- Prohibición de venta a menores de edad y obligación de colocar carteles visibles en los puntos de venta.
- Prohibición de empleo de menores de edad en la comercialización de estos productos.
Restricción del consumo en lugares públicos y privados, incluyendo: 692t2
- Oficinas públicas y privadas
- Medios de transporte y terminales
- Espacios cerrados de público
- Áreas destinadas a actividades deportivas
- Instituciones educativas y de salud
Panamá es reconocido como líder en la región de las Américas en la lucha contra el consumo de tabaco, con una de las tasas de prevalencia más bajas a nivel mundial, ocupando la cuarta posición global en este aspecto.