El Presidente de la República, José Raúl Mulino aprobó el Decreto 125 que modifica y adiciona el numeral 22 al artículo 1 del Decreto Nº 100 del 8 de mayo de 2025 por el cual el Órgano Ejecutivo convoca a la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias.
La Ley 3 de 1985 es la que establece intereses preferenciales para ciertos préstamos hipotecarios con el objetivo de incentivar la adquisición de viviendas nuevas y también impulsar este segmento de la construcción.
Mientras que los efectos de la Ley 468 se restablecerán a partir del primero de enero de 2026, con posibles modificaciones, informó el ministro de Vivienda, Jaime Jované.
Gabinete avala modificación a la ley 634r5x
El Consejo de Gabinete aprobó presentar a consideración de la Asamblea Nacional el proyecto de ley 19-25, "Que suspende los efectos de la Ley 468 de 2025, restablece la vigencia de la Ley 3 de 1985 y dicta otras disposiciones". Este proyecto busca establecer modificaciones a la normativa actual sobre el Régimen de Interés Preferencial para Viviendas, que hagan su implementación más clara, ordenada y justa.
El proyecto de ley 59-25 suspende temporalmente la entrada en vigencia de la Ley 468 de 2025, estableciendo el 1 de enero de 2026 como nueva fecha para su aplicación. Esto permitirá consolidar una transición más equitativa, sin afectar los compromisos ya adquiridos ni la aspiración legítima de las familias a tener un hogar propio.
Asimismo, se restablece la vigencia de la Ley 3 de 1985, junto con sus reformas y decretos reglamentarios, para que continúe aplicándose a los préstamos formalizados y a nuevas solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2025. Este restablecimiento tiene efectos retroactivos, en beneficio directo de las familias y en respaldo de los operadores financieros involucrados.
De igual forma, se restituye la exoneración del impuesto de transferencia a la primera venta de viviendas nuevas hasta el 31 de diciembre de 2025, contenida en el artículo 4 de la Ley 106 de 1974, modificado por la Ley 399 de 2023. Esta disposición busca mantener incentivos que favorezcan el a viviendas para los sectores con menor capacidad adquisitiva.
En aplicación del artículo 37 del Código Civil, se reactivan todas las disposiciones legales y reglamentarias que respaldaban el régimen anterior hasta el 31 de diciembre de 2025, garantizando continuidad normativa y certeza jurídica.
El Gabinete ha autorizado al ministro Jované, a presentar este proyecto de ley a consideración de la Asamblea Nacional.