El próximo viernes 29 de marzo, docentes, funcionarios públicos, estudiantes y trabajadores del sector privado no trabajarán, ya que se trata de un día de descanso obligatorio según el calendario de feriados establecido en el artículo 48 del Código de Trabajo. Aquellos que laboren ese día recibirán un recargo en su salario.
Según lo estipulado en el Código de Trabajo, quienes trabajen el Viernes Santo tendrán un recargo del 150 % sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio del derecho a obtener otro día de descanso a la semana como compensación.
Calendario de Feriados: Días libres en Semana Santa 6uq5u
Aunque la Semana Santa en Panamá de este año inicia el domingo 24 y culmina el domingo 31 de marzo, el único día programado como día de descanso obligatorio es el Viernes 29 de marzo, en observancia del Viernes Santo, considerado como día de duelo nacional en el Código Laboral. Este período se caracteriza por la conmemoración de la muerte y resurrección de Cristo.
En consecuencia, la mayoría de las empresas permanecerán cerradas, con excepción de aquellas que, por su naturaleza, prestan servicios durante los siete días de la semana.
Es importante mencionar que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Panamá también ha informado a todos los trabajadores del órgano judicial que se ha decretado el cierre de los Tribunales, Juzgados y demás Dependencias.
Se aclara que esta disposición no afecta a las Oficinas Judiciales del Sistema Penal Acusatorio (S.P.A.), que, debido a la naturaleza de sus funciones, operarán con turnos. Además, se exceptúan las Jurisdicciones de Niñez y Adolescencia y de Familia, en cuanto a medidas urgentes se refiere.