Esta semana se publicó en Gaceta Oficial una resolución emitida por la Dirección General de Ingresos, donde se establece la prohibición de emisión de pre cuentas o documentos similares, en establecimientos dedicados al expendio de alimentos y bebidas. 5t4f2n
La resolución deja claro que el único documento permitido para informar a los clientes del monto total de su consumo es la factura, y para quienes incumplan con esta disposición se advierten sanciones establecidas en la Ley 76 de 1976.
FUENTE: Denise Lara