La Corte Constitucional colombiana ordenó este lunes proporcionar toallas higiénicas (compresas) a las mujeres sintecho para "proteger" su dignidad. 5d374k
Por lo anterior, se impuso "a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá o a la autoridad competente encargarse del suministro de dichos materiales de absorción de líquidos menstruales adecuados a las mujeres en situación de habitanza de calle".
Entre los argumentos que tuvo en cuenta la Corte Constitucional para tomar la decisión figuran el hecho de que las mujeres habitantes de calle no solo carecen de recursos económicos sino que, a su vez, se ven obligadas a sobrellevar sus periodos menstruales sin condiciones mínimas de salubridad.
Asimismo, se enfatizó que la menstruación es un proceso biológico, propio del ciclo de la vida de las mujeres, que ha sido utilizado para excluirlas, entre otros, de los espacios educativos, laborales y sociales por considerarlo un tabú de lo femenino.
Tras analizar lo anterior, la Sala Novena de Revisión concluyó que "el Estado se encuentra en la obligación de brindar instalaciones adecuadas para que las mujeres puedan realizar las distintas actividades, entre ellas la higiene".
Asimismo, se indicó que, cuando las acciones estatales involucran a personas en situación de habitanza de calle "le corresponde al Estado garantizar las condiciones mínimas de vida digna y, para ello, debe prestar asistencia y protección a las persona a través de la inversión en el gasto social o mediante la adopción de medidas concretas en su favor".
FUENTE: EFE